Sello Pyme innovadora
El sello Pyme innovadora es un reconocimiento que se ofrece a empresas de carácter innovador para que así puedan aprovechar y combinar incentivos fiscales y bonificaciones por personal innovador que, sin el mismo, no son compatibles.
Ventajas
- El sello de Pyme Innovadora podría suponer una bonificación del 40% en la Seguridad Social.
- La pyme puede participar en la Compra Pública Innovadora (CPI) que es un acto administrativo de contratación. A través de él, un ente público adquiere bienes y servicios novedosos, que no existían en el mercado. Así, la Administración es la que fomenta la innovación empresarial y el desarrollo de mercados mejorando a su vez los servicios públicos.
- El sello también permite a las empresas entrar en las líneas de financiación ICO Innovación Fondo Tecnológico.
Requisitos
- Haber recibido financiación pública en los últimos tres años a través de:
– Convocatorias públicas en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación.
– Ayudas del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial para proyectos I+D+i.
– Convocatorias del Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 que financia la Unión Europea.
- Demostrar el carácter innovador de la empresa mediante una patente propia en explotación o un informe motivado vinculante positivo.
- Contar con alguna de las siguientes certificaciones oficiales del Ministerio de Economía y Competitividad:
– Joven Empresa Innovadora (JEI) según la Especificación Aenor EA0043.
– Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación Aenor EA0047.
– Certificación conforme a la norma UNE 166.002 ‘Sistemas de gestión de la I+D+i’.
Obtención
Cuando se cumplan al menos uno de los requisitos, se podrá optar al Registro público de Pymes Innovadoras y obtener el sello distintivo. Dicho registro es gratuito y telemático.
- Se debe dar de alta la empresa en el Registro Unificado de Solicitantes (https://sede.micinn.gob.es/AdministracionEntidades/). Documentación importante: escritura de constitución, estatutos, Tarjeta de identificación fiscal (CIF), poderes notariales de representante legal.
- Tras el registro, se procede a la solicitud del sello (https://sede.micinn.gob.es/pyi/).
- La resolución de la Dirección General de Innovación y Competitividad será emitida en un plazo máximo de cuatro meses, contando a partir del día de iniciación del procedimiento. Una vez se produzca la resolución en firme, se podrá realizar la descarga del sello.
El Sello caduca a los 3 años y puedes renovarlo siempre que siguas cumpliendo los requisitos.