Sello Pyme innovadora

El sello Pyme innovadora es un reconocimiento que se ofrece a empresas de carácter innovador para que así puedan aprovechar y combinar incentivos fiscales y bonificaciones por personal innovador que, sin el mismo, no son compatibles.

Ventajas

  • El sello de Pyme Innovadora podría suponer una bonificación del 40% en la Seguridad Social.
  • La pyme puede participar en la Compra Pública Innovadora (CPI) que es un acto administrativo de contratación. A través de él, un ente público adquiere bienes y servicios novedosos, que no existían en el mercado. Así, la Administración es la que fomenta la innovación empresarial y el desarrollo de mercados mejorando a su vez los servicios públicos.
  • El sello también permite a las empresas entrar en las líneas de financiación ICO Innovación Fondo Tecnológico.

Requisitos

  • Haber recibido financiación pública en los últimos tres años a través de:

– Convocatorias públicas en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación.

– Ayudas del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial para proyectos I+D+i.

– Convocatorias del Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 que financia la Unión Europea.

  • Demostrar el carácter innovador de la empresa mediante una patente propia en explotación o un informe motivado vinculante positivo.
  • Contar con alguna de las siguientes certificaciones oficiales del Ministerio de Economía y Competitividad:

– Joven Empresa Innovadora (JEI) según la Especificación Aenor EA0043.

– Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación Aenor EA0047.

– Certificación conforme a la norma UNE 166.002 ‘Sistemas de gestión de la I+D+i’.

Obtención

Cuando se cumplan al menos uno de los requisitos, se podrá optar al Registro público de Pymes Innovadoras y obtener el sello distintivo. Dicho registro es gratuito y telemático.

  1. Se debe dar de alta la empresa en el Registro Unificado de Solicitantes (https://sede.micinn.gob.es/AdministracionEntidades/). Documentación importante: escritura de constitución, estatutos, Tarjeta de identificación fiscal (CIF), poderes notariales de representante legal.
  2. Tras el registro, se procede a la solicitud del sello (https://sede.micinn.gob.es/pyi/).
  3. La resolución de la Dirección General de Innovación y Competitividad será emitida en un plazo máximo de cuatro meses, contando a partir del día de iniciación del procedimiento. Una vez se produzca la resolución en firme, se podrá realizar la descarga del sello.

 

El Sello caduca a los 3 años y puedes renovarlo siempre que siguas cumpliendo los requisitos.

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