Ayudas dirigidas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas
La convocatoria contempla entre sus líneas de actuación:
- Línea 1. Apoyo a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) para la realización de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector agroalimentario en general, excluido el sector oleícola y aceituna de mesa (operación 4.2.1).
- Línea 2. Apoyo a las grandes empresas para la realización de inversiones materiales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector agroalimentario en general, excluido el sector oleícola y aceituna de mesa (Operación 4.2.1).
- Línea 3. Apoyo a proyectos de inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas en el sector oleícola y aceituna de mesa (Operación 4.2.2).
Objetivo de la convocatoria
Las ayudas previstas en Andalucía se relacionan con una serie de focus de desarrollo rural programados en el PDR de Andalucía incidiendo en alguno de los siguientes ámbitos:
- Focus área 3.A. Mejorar la competitividad de los productos primarios integrándolos mejor en la cadena agroalimentaria a través de régimen de calidad, añadir valor a los productos agrícolas, promoción en mercados locales y en circuitos de distribución cortos, agrupaciones y organización de productores y organizaciones interprofesionales.
- Focus área 5.B. Lograr un uso más eficiente de la energía en la agricultura y en la transformación de alimentos.
- Focus área 5.C. Facilitar el suministro y el uso de fuentes renovables de energía, subproductos, desechos y residuos y demás materia prima no alimentaria para impulsar el desarrollo de la bioeconomía.
Cuantía de las ayudas y gastos subvencionables
Las ayudas consistirán en una subvención a la inversión subvencionable que con carácter general será del 30% de los costes elegibles y que podrá incrementarse hasta el 50% en ciertos casos.
El importe máximo de subvención será 3.000.000 € y el importe mínimo del proyecto de inversión aprobado será de 100.000 €.
Con carácter general serán subvencionables los siguientes gastos que hayan sido abonados completamente y estén asentados en la contabilidad:
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles con carácter productivo.
- Adquisición e instalación de nueva maquinaria y equipos.
- Los costes generales incluidos los consultores.
- Inversiones intangibles, adquisiciones de programas informáticos, patentes, licencias y marcas registradas.
- Gastos de contratación de consultores externos y de certificación relativos a la implantación de sistemas de gestión de la calidad de procesos y productos.
Los gastos subvencionables deberán haberse realizado desde el día siguiente a la fecha del levantamiento del acta de no inicio o desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda de inversiones.
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración están relacionados con:
a) Criterios relacionados con la integración y aumento de dimensión.
b) Criterios relacionados con la innovación.
c) Criterios relacionados con la internacionalización.
d) Criterios relacionados con la eficiencia-medioambiente y valorización de residuos.
e) Otros criterios: participación de mujeres, jóvenes, certificación de producción ecológica o artesana